• Facebook Like:

    • Tweet:

    • Google Plus One:

    • Email:

EDITORIAL

Rescate de la Ley de Protección al Trabajador

La aplicación del impuesto sobre la renta a las pensiones complementarias estimula el retiro anticipado de fondos, en cuyo caso no se paga el gravamen del 15%

Un sencillo proyecto de reforma a la Ley de Protección al Trabajador, recién planteado al Congreso, contribuiría a preservar los regímenes complementarios de pensiones

Últimas noticias

Cuando el país escuche a un político plantear con franqueza el drama de los regímenes de pensiones, deberá reconocerle la virtud de la valentía. Nadie quiere escuchar la verdad y mucho menos decirla. Existe el recurso de rezar y hacer cuanto sea posible para que el estallido se produzca en la Administración siguiente. Siempre habrá la posibilidad de un estudio más, un parche adicional o, simplemente, el silencio.

Las postergaciones empeoran el problema, pero lo convierten en un dilema futuro y ajeno. La tendencia a huir del tema es fácil de comprender. Las soluciones son dolorosas, como lo han sido en decenas de países, entre ellos muchos pertenecientes al mundo desarrollado. Incrementar las cuotas, aplazar la edad de retiro, recortar los beneficios o hacer una mezcla de los tres parecen las únicas salidas, pero los costos políticos y sociales son obvios.

Cualquier propuesta tiene garantizada la oposición de uno o varios sectores: empresarios, sindicatos y trabajadores, dependiendo del grado de afectación específica de los intereses de cada cual. A ellos se sumarán los demagogos, a quienes siempre se debe tomar en cuenta.

No sorprende, entonces, constatar que la verdad emana, casi exclusivamente, de los técnicos de la Superintendencia de Pensiones (Supen) y nunca se le da la bienvenida en los despachos encargados de administrar los fondos de jubilaciones. Según la Supen, el afiliado promedio del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social aporta ¢23,9 millones a lo largo de su vida laboral, pero, con eso, solo se sufraga el 58,4% de la jubilación, cada vez más extendida por la creciente expectativa de vida. ¡Hacemos chocolate sin cacao!

En el Poder Judicial, la Supen calcula que la única posibilidad de mantener los privilegios establecidos entre el 2006 y el 2009 sería elevar las cotizaciones al 32,2% del salario. De lo contrario, el fondo podría resultar insuficiente y se convertiría en una nueva e insostenible carga para el presupuesto nacional.

La crisis está anunciada y era previsible desde hace más de una década. Basta revisar las razones esgrimidas en el año 2000, cuando la Asamblea Legislativa aprobó la Ley de Protección al Trabajador previendo la necesidad de estimular el ahorro para compensar, en el futuro, la pérdida de valor de los beneficios otorgados por los demás regímenes de pensiones.

La propuesta de la ley es simple: se crea un régimen adicional, obligatorio, y la posibilidad de incrementar el ahorro mediante la suscripción de planes voluntarios. Para estimular a los trabajadores a desprenderse hasta del 10% de sus ingresos mensuales, se les concede un modesto beneficio tributario y las operadoras de pensiones les ofrecen un rendimiento sobre los fondos depositados.

En esta Administración, el mismo Estado que tantos privilegios reparte entre sus funcionarios y tanta responsabilidad tiene en el deterioro de los regímenes tradicionales, interpretó que las pensiones establecidas por la Ley de Protección al Trabajador están sujetas al pago del 15% de impuesto sobre la renta, cuando siempre se había creído que estaban exentas. Esa fue la intención de los legisladores, según testimonios de quienes votaron la Ley.

El impuesto estimula el retiro anticipado de los fondos, en cuyo caso no se paga el 15%, porque, si bien la Ley de Protección al Trabajador no estableció con toda claridad la inaplicabilidad del impuesto sobre la renta, sí reguló los retiros antes de cumplir la edad mínima de jubilación establecida para estos regímenes. El trabajador debe devolver una parte del incentivo fiscal recibido en los años precedentes al retiro anticipado de fondos. El porcentaje se calcula según la edad del interesado.

Un trabajador con 56 años y seis meses de edad puede retirar sus ahorros del fondo voluntario con solo devolver el 10% del incentivo fiscal recibido, que podría rondar el 0,5% de sus ahorros, pero, si se espera a cumplir los 57 años y decide recibir el dinero a título de jubilación mensual, deberá cancelar el impuesto del 15%.

El resultado solo puede calificarse como estúpido. El Estado reconoce la debilidad de sus regímenes, crea uno complementario y estimula su crecimiento mediante la concesión de incentivos fiscales. Luego, anuncia la intención de penalizar con un impuesto del 15% a quien utilice esos fondos para complementar las precarias pensiones del IVM, aunque ese siempre fue el propósito de la Ley. En consecuencia, incentiva el retiro anticipado del dinero a la temprana edad de 56 años, cuando sabe que, tarde o temprano, será necesario elevar la edad de retiro por encima de los 65.

Por supuesto, la Superintendencia de Pensiones no está de acuerdo, como tampoco los miembros de la Asociación Costarricense de Operadoras de Pensiones (ACOP), cuyos miembros acudieron al Tribunal Fiscal Administrativo, donde se les concedió la razón en casi todo. La sentencia solo estimó gravables las pensiones pagadas mensualmente con dinero del régimen obligatorio. No obstante, la Administración Tributaria insiste en defender el gravamen y anunció su voluntad de impugnar la resolución del Tribunal.

Mientras tanto, la incertidumbre estimula el retiro anticipado y derrota los propósitos de la Ley de Protección al Trabajador. La solución está en manos de la Asamblea Legislativa, a cuyos despachos ingresó, la semana pasada, un proyecto de ley para incluir un solo artículo, el 71 bis, con el fin de aclarar: “Las prestaciones o beneficios derivados del Régimen Obligatorio y Voluntario de Pensiones Complementarias previstos en esta ley, estarán exentos de toda clase de tributos, ya sean impuestos, tasas, contribuciones u otros”.

La reforma no puede ser más sencilla ni sus razones más convincentes. Si a ello se suma la angustia de quienes están a punto de cumplir 57 años y la necesidad de preservar el régimen, es de esperar una pronta respuesta de los diputados.

Rellene los campos para enviar el contenido por coreo electrónico.

Enviar:

Noticia La Nación: Rescate de la Ley de Protección al Trabajador